Los problemas con la multipropiedad y las soluciones a cada caso
Cuotas que suben, semanas que no puedes usar, monitorios por impago, herencias no deseadas y una reventa casi imposible. Aquí explicamos qué está pasando y cómo salir: nulidad, defensa y cambio de titular (con registro recomendado).
Contexto legal: 1999, 2012 y la clave de 2015
Desde que entró en vigor el 5 de enero de 1999 la Ley 42/1998 (15 de diciembre de 1998), parecía que se pondría orden al modelo de productos vacacionales de larga duración. Pero la venta de semanas en régimen de multipropiedad o tiempo compartido siguió creciendo.
Los contratos de aprovechamiento por turno continuaron vendiéndose a perpetuidad, y solo una parte de complejos pasó a periodos de 50 años. En 2012 se volvió a legislar (reventa e intercambio). En 2015, la jurisprudencia del Tribunal Supremo marca un antes y un después: nulos los contratos a perpetuidad y, en general, los indefinidos o “flotantes” posteriores a 1999.
Cuotas de mantenimiento: el gran problema
“La cuota de mantenimiento anual es el gran problema del Derecho de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico.” — Catalina Arroyo, Abogada.
Las cuotas (y posibles derramas) son obligatorias mientras sigas vinculado. El impago puede acabar en proceso monitorio. Antes de dejar de pagar, evalúa nulidad o desvinculación para cortar la obligación y evitar costes adicionales.
La nulidad del contrato de multipropiedad
Si la semana se compró después del 5 de enero de 1999, es muy probable que el contrato sea nulo de pleno derecho (especialmente si es indefinido o “semana flotante”). La demanda puede extenderse a la financiación vinculada, permitiendo recuperar parte del dinero abonado.
Para títulos anteriores a 1999, revisa la vía de cambio de titularidad (desvinculación).
Problemas más comunes con la multipropiedad
No usan la semana
Pagas por un disfrute que muchas veces no se materializa. El sistema limita fechas o dependes de disponibilidad.
No pueden usar cuando quieren
Cambios a “semana flotante” prometen flexibilidad y acaban en más gasto sin mejora real.
Cuotas y derramas inasumibles
Cuota anual obligatoria + derramas + cargos de intercambio. El coste total supera el valor de uso.
Clientes demandados por impago
Dejar de pagar desencadena monitorio. Hay defensa y estrategia coordinada con nulidad o salida.
Herencia no deseada
Los herederos no quieren asumir obligaciones. Ver multipropiedad y herencia.
Cambios en preferencias de viaje
Con el tiempo buscas destinos y alojamientos más flexibles. La multipropiedad te ata a un modelo rígido.
Dificultad para vender
No hay mercado real. Desconfía de webs que prometen reventa o alquiler garantizado.
Valoración casi cero
Aunque conste en escritura, el valor de mercado es residual o negativo por los gastos asociados.
Soluciones por tipo de caso
1) Nulidad judicial
Para contratos posteriores a 5/01/1999, indefinidos o de más de 50 años, y semanas flotantes. Corta cuotas y puede recuperar cantidades si hubo crédito vinculado.
2) Defensa de monitorio
Oposición en plazo, análisis de legitimación, cálculo de deuda y negociación. Se coordina con nulidad o desvinculación para terminar el problema de raíz.
3) Desvinculación por cambio de titular (Solución Reclamalia)
Cuando la nulidad no es viable (p. ej., títulos anteriores a 1999), se realiza un cambio de titularidad con Semanas de Multipropiedad SL. Se formaliza por contrato o escritura según el título y se recomienda inscribir en el Registro de la Propiedad para garantizar la desvinculación total.
Cómo salir de una multipropiedad — Paso a paso
- Reúne tu documentación: contrato/escritura, fecha de compra, tipo de semana, financiación.
- Estudio gratuito: confirmamos si procede nulidad o conviene cambio de titular.
- Activa la vía elegida: demanda (y banco si hay crédito) o cesión/escritura de cambio.
- Cierre legal: sentencia y/o registro para dejarlo todo finiquitado.
Enlaces útiles
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Preguntas frecuentes
- ¿Cómo puedo salir de una multipropiedad?
- Dos vías generales: nulidad judicial (si procede) o la Solución Reclamalia (cambio de titular) con registro recomendado para garantizar la desvinculación total.
- ¿Cómo funciona la multipropiedad?
- Adquieres el derecho a usar una semana al año en un alojamiento turístico, sujeto a cuotas de mantenimiento y reglas de disponibilidad.
- ¿Qué ley regula la multipropiedad?
- La Ley 4/2012 regula los contratos de aprovechamiento por turno, productos vacacionales de larga duración, reventa e intercambio. La jurisprudencia declaró nulos los contratos indefinidos o flotantes firmados tras el 5/01/1999.
- ¿Qué es un contrato de multipropiedad?
- Es el documento que fija condiciones de uso, cuotas y duración. Si es indefinido o “flotante” y fue firmado tras 1999, puede ser anulable con demanda de nulidad.